De acuerdo a los requisitos del DKD, organismo alemán que acreditó al Laboratorio Custodio de los Patrones Nacionales de Masa bajo el código de acreditación DKD-K-28401 , para la emisión de notas de conformidad del cumplimiento de los requisitos de error máximo permisible de los valores de masa convencional, se deberá contar también con evidencia del cumplimiento de los requisitos para las propiedades magnéticas de las pesas, específicamente susceptibilidad magnética y magnetización remanente, que están establecidas en la sección 9 de OIML R-111:2004 (Ver Tabla).
También, de acuerdo a los requisitos del DKD, en caso que no haya evidencia del cumplimiento de los requisitos de OIML R-111 para las propiedades magnéticas, se deberá agregar una nota en los certificados de calibración emitidos por el LCPN-M en los que se indique que estas propiedades no fueron medidas y que podrían afectar los resultados.
La evidencia sobre el cumplimiento de las propiedades magnéticas de los requisitos de OIML R-111 puede ser provista a partir de análisis encargados por el fabricante o realizadas por él, ya sea para las pesas o para el lote del material con que fueron fabricadas, o aportada por pruebas realizadas por el laboratorio, que corresponden a aquellas especificadas en la sección B.6 de OIML R-111:2004.
Si una pesa es re-calibrada y anteriormente se confirmó el cumplimiento de sus propiedades magnéticas, no es necesario que pase por estas pruebas nuevamente.
El LCPN-M cobrará por estas pruebas magnéticas por separado y queda a decisión del cliente el que se ejecuten o no.
Para más información por favor contacte a fgarcia@cesmec.cl